Haremos aquí un breve resumen de algunas de las nuevas normas que regirán el alquiler turístico, y estaremos encantados de ampliar la información si nos contactan via email.
Ahora solo se podrá alquilar 10 días como máximo y lo que exceda de ello deberá hacerse a través del alquiler de temporada, con otra regulación legal; no se podrán alquilar habitaciones, sino que deberá ser toda una vivienda con una referencia catastral individual; el Ayuntamiento deberá emitir informe de compatibilidad Urbanística y recordemos que los ayuntamientos podrán restringir justificadamente esta nueva ley por lo que es muy importante estar al corriente de lo que cada ayuntamiento decida aplicar; la vivienda turística deberá estar inscrita en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana y se deberá tener autorización de la comunidad de propietarios; se prohíbe la entrega de llaves en cajetines en la calle. Y mucho más…
Hay mucho más a tener en cuanta y lo que aquí adelantamos merece una explicación más amplia. Por lo que si usted hace uso del alquiler turístico como negocio es importante obtener toda la información, comprobar si usted cumple con la normativa y presentar todos los documentos necesarios para ello.